Parte II: La Democracia y El Estado de Derecho.
Autor: Carmen Alicia Rojas
13 de marzo de 2015
Venezuela es un Estado democrático según reza su Constitución en el art. 2:
“Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político”.
Pero, ¿se puede distinguir la democracia Venezolana de otras? ¿Existen varios tipos de democracia? ¿O la democracia es una sola? Todas estas interrogantes surgen gracias a las distintas interpretaciones de este sistema de gobierno originario de Atenas; y cuyos principios se basan en la libertad, el respeto y la igualdad. Según su etimología, la democracia se define como el Poder del Pueblo; este poder se puede ejercer de dos formas: directa e indirecta. La primera, fue experimentada por sus fundadores en el siglo V (a.C), quien después de muchos años de aplicación y enferma por los males causados; deciden abandonar esta forma de gobierno. Y la segunda, sigue presente entre nosotros. Sin embargo, Venezuela ha incorporado en su Constitución de 1999, una forma de democracia directa, denominada Medios de Participación: artículo 70:
“Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato, las iniciativas legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros; y en lo social y económico, las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad. La ley establecerá las condiciones para el efectivo funcionamiento de los medios de participación previstos en este artículo”.
En cuanto al manejo del poder Benjamín Constant decía:
“Entréguenle el poder a un hombre, a varios hombres o a todos los hombres y los resultados serán los mismos y terminarás culpando a la monarquía, a la aristocracia o a la democracia. No te equivoque, es la medida de la fuerza o el poder la culpable, no sus detentores, tu indignación debe estar dirigida contra la espada, no contra el brazo que la sostiene, hay armas demasiado pesadas para la mano de un solo hombre”.
Por su parte Simón Bolívar afirmaba:
“La libertad indefinida, la democracia absoluta, son los escollos adonde han ido a estrellarse todas las esperanzas republicanas. Echad una mirada sobre las repúblicas antiguas, sobre las repúblicas modernas, sobre las repúblicas nacientes; casi todas han pretendido establecerse absolutamente democráticas, y a casi todas se les han frustrado sus justas aspiraciones”. Congreso de Angostura 1819.
La democracia parece ser la forma de gobierno capaz de proporcionar la mayor felicidad posible a los pueblos. La aplicación correcta de sus principios, en su justa medida, ofrece a los ciudadanos gobernados por ella, lo que hoy conocemos como Estado de Derecho; el cual tiene como principios, garantizar los derechos fundamentales de las personas, limitar al poder, hacer imperar las leyes y garantizar la igualdad de todos los hombres. Es por ello, que el Estado de Derecho implica que el gobierno en todos sus actos deberá sujetarse a reglas fijas y anunciadas con anterioridad, que hagan posible proveer con buena certeza, como la autoridad usará sus poderes coercitivos en determinadas circunstancias; permitiendo al individuo planificar sus propios asuntos sobre la base de este conocimiento.
La Constitución Venezolana prevé la garantía de los derechos, anuncia a sus ciudadanos las leyes por las cuales se regirán y su organización política expresa el contenido de acuerdo de los principios democráticos. Sin embargo, la incorporación de la democracia directa, sin una ley adecuada para su funcionamiento, sin ofrecer la educación necesaria a quienes tienen el poder de aplicarla, ha creado un sinfín de vicios en la sociedad actual. Esto sumado a la corrupción de sus instituciones, ha llevado a Venezuela a una situación advertida por su Libertador:
“Hagamos que la fuerza pública se contenga en los límites que la razón y el interés prescriben; que la voluntad nacional se contenga en los límites que un justo poder le señala; que una legislación civil y criminal análoga a nuestra actual Constitución domine imperiosamente sobre el poder judiciario, y entonces habrá un equilibrio, y no habrá el choque que embaraza la marcha del Estado, y no habrá esa complicación que traba, en vez de ligar la sociedad”. Congreso de Angostura 1819.
“Los estados son esclavos por la naturaleza de su constitución o por el abuso de ella. Luego un pueblo es esclavo cuando el gobierno, por su esencia o por sus vicios, huella y usurpa los derechos del ciudadano o súbdito”. Carta de Jamaica 1815".